En 2023, se aprobó un beneficio para que las mipymes puedan usar una parte de un impuesto para reducir las contribuciones que deben pagar al SIPA. Ahora se extendió ese beneficio.
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El Gobierno estableció un impuesto sobre los créditos y débitos en las cuentas y a través de una ley se faculta al Poder Ejecutivo a disponer que dicho gravamen constituya un pago a cuenta de otros impuestos. En el caso de las mipymes, se les permite también que computen el 100% del impuesto como pago a cuenta de Ganancias.
En 2023, se aprobó un beneficio para que las microempresas puedan usar una parte de este impuesto para reducir las contribuciones que deben pagar al sistema de jubilaciones (SIPA). Este beneficio se aplica hasta finales de 2024.
En este contexto, a través del Decreto 1137/2024 publicado este lunes, se habilitó su extensión hasta el 2025, permitiendo que las microempresas puedan continuar usando este impuesto como un pago a cuenta, hasta diciembre de 2025.
Qué pasará con los vencimientos de impuestos en enero
La ARCA suspenderá ciertos trámites relacionados con inspecciones entre el miércoles 1 y el viernes 31 de enero, debido a la «feria fiscal». Sin embargo, algunos impuestos aún deberán pagarse durante este período, y la recategorización del Monotributo no sufrirá cambios.
De manera similar, la feria judicial se extenderá durante el mismo plazo y será importante para las pymes y pequeños contribuyentes, ya que, a partir de ahora, podrían ser embargados y enfrentarse a juicios de ejecución fiscal para cobrar deudas impositivas, según la Resolución 1445/2024.
Obligaciones que se trasladan a febrero:
Para pymes y pequeños contribuyentes:
- IVA: Declaración y pago de diciembre, originalmente con vencimiento en enero, se trasladan al 3 de febrero.
- Ganancias: Declaración y pago que vencen en enero se trasladan también al 3 de febrero.
Para todos los contribuyentes:
- Regímenes de información: Los vencimientos de enero se trasladan a febrero.
Trámites que se trasladan a febrero:
Los siguientes trámites se verán afectados por la feria fiscal y sus plazos se moverán a febrero:
- Requerimientos, citaciones, fiscalizaciones, sumarios y plazos de respuesta al fisco.
- Procedimientos aduaneros también se incluyen.
Plazos para responder a inspecciones de ARCA:
Si ya se había notificado a un contribuyente antes de la feria fiscal:
- El plazo se reanudará el lunes 3 de febrero. Si la notificación fue durante la feria fiscal:
- El plazo se reanudará el martes 4 de febrero.
Cálculo de plazos durante la feria fiscal:
Los días comprendidos por la feria fiscal no se consideran días hábiles. El cómputo de plazos se reanudará de manera diferente según cuándo se realizó la notificación:
- Si la notificación fue antes de la feria fiscal, los plazos comenzarán el siguiente día hábil (lunes 3 de febrero).
- Si la notificación fue durante la feria, el cómputo comenzará dos días hábiles después (martes 4 de febrero).