jueves, 5 junio, 2025
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Veda electoral en Misiones 2025: cuándo empieza y qué no se puede hacer por las elecciones

El próximo domingo 8 de junio de 2025, la provincia de Misiones celebrará elecciones legislativas locales. En esta jornada, se renovarán 20 de las 40 bancas de la Cámara de Diputados provincial y se elegirán representantes para 11 concejos deliberantes, entre ellos el de Posadas, la capital provincial.

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El Tribunal Electoral de Misiones ya oficializó las listas de los distintos espacios políticos que participarán de los comicios, los cuales se realizarán de manera desdoblada respecto a las elecciones nacionales. Esta decisión sigue la línea adoptada también por otras provincias como Salta, Santa Fe, Chaco, San Luis, Buenos Aires, Ciudad Autónoma de Buenos Aires y Formosa, donde se optó por fijar las elecciones provinciales en fechas distintas

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Elecciones 2025: ¿Cuándo comienza la veda electoral en Misiones?

De acuerdo con lo establecido por el Código Nacional Electoral, la veda electoral comenzará a regir en Misiones a partir de las 8 de la mañana del viernes 6 de junio de 2025, es decir, 48 horas antes del inicio de los comicios.

Durante este período, se restringen distintas actividades con el objetivo de garantizar un proceso electoral limpio, transparente y sin presiones para el votante. Las restricciones se aplican hasta tres horas después del cierre de los comicios, que suele ser a las 18 horas del domingo, es decir, hasta las 21 horas del domingo 8 de junio.

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Actividades prohibidas durante la veda electoral en Misiones

Entre las principales prohibiciones vigentes durante la veda electoral, se destacan las siguientes:

  • Espectáculos públicos: No se podrán realizar espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, ni funciones teatrales, deportivas ni reuniones públicas que no estén relacionadas con el acto electoral.

  • Venta de alcohol: Queda prohibida desde las 20 horas del sábado 7 de junio hasta las 21 horas del domingo, la venta de bebidas alcohólicas en todo el territorio provincial.

  • Propaganda electoral: Se prohíbe la realización de actos públicos de campaña, el reparto de boletas, la publicación de encuestas y sondeos de opinión desde 48 horas antes de la elección.

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  • Encuestas y proyecciones: No se pueden publicar ni difundir encuestas ni proyecciones sobre el resultado de la elección durante el desarrollo del comicio y hasta tres horas después de su cierre.

  • Portación de armas y símbolos partidarios: Durante el domingo de elecciones está prohibida la portación de armas y la exhibición de banderas, divisas o cualquier otro distintivo partidario en un radio de 80 metros de las mesas de votación.

El incumplimiento de las restricciones establecidas por la ley puede derivar en sanciones económicas e incluso acciones penales, según la gravedad del hecho. Tanto partidos políticos como ciudadanos particulares pueden ser sancionados si infringen las disposiciones del Código Electoral.

LV/LT

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