viernes, 13 junio, 2025
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El Gobierno abre nuevo cupo de 21.368 vehículos híbridos y eléctricos para importar sin arancel

El Gobierno nacional abrió este miércoles 11 de junio la segunda convocatoria para importar sin arancel autos eléctricos e híbridos con el propósito de completar el cupo de 50.000 unidades previsto para este año, mediante la Resolución 210/2025 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La totalidad de unidades a ser asignadas, sin tributar el 35% extra Mercosur, para esta segunda etapa fue establecida en 21.368, con un tope de valor FOB (el costo del vehículo al momento de despacharse) de US$16.000 por unidad.

ARCA reglamentó el procedimiento para importar sin aranceles autos eléctricos e híbridos

La distribución de unidades se divide en 15.715 para terminales con producción en el país y 6.023 para importadores.

En este aspecto se determinó que, si en una de las dos categorías hay menor demanda, se reasignarán las mismas a la otra hasta completar el total.

Desde el Ejecutivo, detallaron que “los resultados de la licitación se conocerán el 4 de julio” y estimaron que “para octubre habrán ingresado los primeros 10 mil autos”, aclarando que “para asignar los vehículos se priorizará el menor precio de venta al público”.

En este sentido, la normativa determinó que “en caso de mediar igualdad de precio, se asignará verificando el mes estimado de registro u oficialización de la mercadería correspondiente a la posible fecha de nacionalización más próxima que se haya declarado”.

Cómo es el procedimiento de ARCA para importar autos eléctricos e híbridos

Hace aproximadamente 1 mes ARCA definió el procedimiento para importar autos eléctricos e híbridos y quedó detallado en el anexo técnico de la resolución general 5691, así como en el manual de usuario disponible en el sitio web oficial de ARCA y estipula:

1. Para la importación de vehículos eléctricos, híbridos o a hidrógeno el declarante deberá contar con el acto administrativo emitido por la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial.

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2. Para su validación en el Sistema Informático MALVINA (SIM) el declarante deberá invocar el código de ventaja “DTO49/25VEHIELEC” e indicar el número del acto administrativo que otorgue el cupo como información de referencia en el Código de Documento “LPCOVUCE0024”.

3. Una vez realizados los controles y validaciones informáticas, de no existir inconsistencias, se permitirá la oficialización de la declaración aduanera. En caso de existir inconsistencias, el Sistema Informático MALVINA (SIM) imposibilitará la oficialización de la declaración aduanera e informará al declarante los motivos a los fines de su subsanación.

4. Solamente podrá comprometerse un acto administrativo por ítem de la mencionada destinación, tanto sea que cubra en forma total o parcial la cantidad de bienes autorizados. En el supuesto de ser necesario la utilización de otro acto administrativo en la misma destinación aduanera deberá declararse como un nuevo ítem.

5. En caso de existir fallas en la comunicación entre los organismos que impidan la transmisión de datos en tiempo y forma u otras fallas de índole informática, ajenas al declarante, que imposibiliten llevar a cabo la validación automática, deberá seguirse el plan de contingencia establecido en el apartado C) del Anexo de la Resolución General N° 5.384.

La justificación oficial a la medida de importar autos sin arancel

La Secretaría de Industria y Comercio del Ministerio de Economía fundamentó el lanzamiento de la segunda licitación sosteniendo que “la medida busca ampliar la oferta del segmento, dinamizar el mercado y acercar nuevas tecnologías a los usuarios argentinos”.

El resultado final de la primera licitación arroja un total de 28.262 vehículos asignados:

  • 9.285 corresponden a terminales en el país y
  • 18.977 a importadores.

Con la nueva convocatoria se buscará asignar el remanente del cupo no utilizado para llegar al límite máximo anual de 50.000 unidades.

En este marco, el texto oficial dispuso que “todo aquel cupo, correspondiente a la Primera Convocatoria, que se libere se sumará a la totalidad de unidades previstas en la presente medida y podrá ser asignado con los criterios y la proporcionalidad prevista”.

Además, puntualizó que “si a un requirente se le vence el cupo asignado o parte de aquél, se lo podrá reasignar a otro en esta misma convocatoria”, agregando que los cupos liberados serán reasignados a los solicitantes que habiendo cumplido con los requisitos “no se le hubieran asignado cupos o hubieran recibido uno inferior al solicitado”.

Las solicitudes se deberán presentar mediante la Plataforma de “Trámites a Distancia” (TAD) en la sección específica generada al efecto, debiendo completar el formulario allí disponible y la planilla de solicitud de importación. Las presentaciones se podrán realizar en un plazo de 10 días hábiles desde la publicación de la convocatoria.

En este aspecto, se aclaró que “solo se admitirán las solicitudes presentadas por medio de la referida plataforma electrónica, por lo que no serán consideradas válidas las presentaciones realizadas en soporte físico o por correo postal, así como tampoco, aquellas que sean formalizadas vía correo electrónico o por cualquier otro medio o trámite TAD distinto al allí previsto”.

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