El presidente de la Generalitat desde el 24 de julio de 2002 hasta el 20 de junio de 2003, José Luis Olivas Martínez, se convirtió en enero de 2017 en el primer ‘Molt Honorable’ en ser condenado a un año y medio de prisión. En la condena le acompañaba uno de los empresarios de cabecera del anterior Consell popular, Vicente Cotino, sobre el que recayó la misma pena: un año y seis meses de cárcel. El Juzgado de lo Penal 6 de Valencia los consideró a ambos culpables de sendos delitos de falsedad en documento mercantil y contra la Hacienda Pública. Olivas y Cotino fueron condenados a pagar cada uno una multa de 151.800 euros e indemnizar de forma solidaria a la Agencia Tributaria con 150.000 euros más, además de asumir la tercera parte de las costas judiciales.
El hecho enjuiciado fue el pago de una comisión de 580.000 euros (IVA incluido) en 2008 por Vicente Cotino a José Luis Olivas, por «mediar» en la venta de las acciones en Proyectos Eólicos Valencianos SA -participada por Endesa (55%), Sedesa Inversiones (20%) y Bancaja (20%)-.
Durante el juicio, Olivas no tuvo empacho en admitir que jugó a tres bandas en esta operación en la que, según él, todos ganaban. En 2008 presidía Bancaja y, por su cargo, era consejero de Iberdrola, a quien intentó colar las acciones en venta. «Yo defendía los intereses de Bancaja y del señor Cotino, pero también los de Iberdrola, que quería tener un parque eólico en la Comunitat Valenciana». Finalmente Endesa ejerció su derecho de adquisición preferente y adquirió el 45% de Proyectos Eólicos Valencianos SA. La operación generó «plusvalías de de 39,3 millones», admitió Cotino durante la vista. Precisamente fue la decisión del empresario y sobrino del expresidente de las Corts, Juan Cotino, de deducirse como gasto el pago de 580.000 euros a Olivas, para ahorrarse 150.000 euros en el impuesto de sociedades de 2008, lo que motivó una inspección de la Agencia Tributaria.
Dos inspectores de Hacienda, que declararon como peritos en el juicio, descubrieron el pastel. José Luis Olivas sólo pudo aportar un informe de tres folios (firmado por su mujer en 2013) como justificante de la supuesta mediación realizada por su empresa Imarol SL en la venta de las acciones de Parques Eólicos Valencianos SA (Pevsa). Una falacia para la jueza de lo Penal 6 de Valencia, Begoña Estañ. La intervención de Olivas fue «una simulación de prestación de servicio de asesoramiento realmente inexistente», afirma la magistrada. De hecho, llegó a asegurar que «ni Pevsa, ni Endesa ni Iberdrola necesitaban a Olivas» para ejecutar la venta de acciones. Y sólo admitió como cierta la conversación del expresidente de Bancaja con su homólogo de Iberdrola, Ignacio Sánchez Galán, para que intentara comprar las acciones que finalmente adquirió Endesa. Aunque, asegura la magistrada, «una conversación no vale 500.000 euros» por lo que concluye que «no existió ningún servicio de gestión y asesoramiento» que justificara el pago del medio millón de euros.
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