lunes, 10 agosto, 2026
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El Senado dio media sanción a la Ley de Reforma Laboral: los puntos clave

Este miércoles 11 de febrero, el Senado de la Nación dio inicio al debate formal del proyecto de Modernización Laboral impulsado por el Poder Ejecutivo. 

El proyecto, defendido por el oficialismo como una herramienta para generar empleo genuino y cuestionado por los gremios como una «pérdida de derechos», introduce modificaciones estructurales en la Ley de Contrato de Trabajo.

Despidos

El proyecto busca reducir la litigiosidad laboral y los costos de salida para los empleadores a través de dos mecanismos:

  • Agravamiento por Discriminación: Se establece una indemnización agravada (del 50% al 100% de la unificada) para los despidos motivados por razones de raza, religión, política, género u orientación sexual. Sin embargo, la justicia deberá probar la causa, y el despido no será nulo, sino indemnizable.
  • La figura de la «Justa Causa»: Se incorpora como causal objetiva de despido la participación activa en bloqueos o tomas de empresas, considerándolo una injuria laboral grave que extingue el derecho a indemnización.
  • Eliminación de multas: Se derogan las indemnizaciones duplicadas o multas por falta de registro laboral (Leyes 24.013 y 25.323), lo que en la práctica reduce el monto final que recibe un trabajador que gana un juicio por estar «en negro» o mal registrado.

Vacaciones: ¿Qué pasa con el descanso anual?

Si bien el proyecto no reduce los días de vacaciones según la antigüedad, introduce cambios en la forma en que se pueden administrar:

  • Fraccionamiento: Busca acordar entre partes para que las vacaciones puedan fraccionarse de manera distinta a la actual, permitiendo una mayor flexibilidad tanto para el empleado como para el empleador.
  • Transferencia: Se habilita la posibilidad de transferir una parte de los días de descanso al año siguiente, buscando que la «acumulación» no genere conflictos legales por vencimiento de plazos.

3. Jornada Laboral y Extensión Horaria

  • Banco de Horas: Se introduce la posibilidad de crear un sistema de compensación de horas mediante convenios colectivos. Esto permitiría que un trabajador cumpla jornadas de hasta 12 horas diarias en momentos de alta demanda, compensándolas con días libres o jornadas más cortas en periodos de baja actividad, sin que esas horas excedentes se paguen necesariamente como «horas extras» al 50% o 100%.
  • Límite Máximo: El promedio de horas trabajadas no debe superar las 48 horas semanales establecidas por ley, pero el «reparto» de esas horas a lo largo del mes o el trimestre quedaría sujeto a lo que se firme en cada sindicato.

Los puntos centrales del proyecto

A continuación, los ejes que generan mayor controversia y debate legislativo:

  1. Período de prueba: Se propone extender el plazo actual de 3 meses a 6 meses. Para empresas de hasta 100 empleados será de 8 meses, y para microempresas de hasta 5 empleados llegará a 1 año.
  2. Fondo de Cese Laboral: Se habilita la posibilidad de reemplazar las indemnizaciones tradicionales por un fondo de cese (estilo UOCRA) mediante negociación colectiva. Es opcional y debe acordarse por convenio.
  3. Trabajadores independientes con colaboradores: Permite que un trabajador autónomo pueda contar con hasta 3 colaboradores independientes para un emprendimiento productivo, sin que esto genere un vínculo de dependencia.
  4. Baja de multas por informalidad: Se propone la eliminación de las multas que los empleadores deben pagar por falta de registro o registro deficiente de los trabajadores, buscando incentivar el blanqueo.
  5. Despido por bloqueos: El proyecto establece como «justa causa» de despido la participación en bloqueos o tomas de establecimientos que impidan el normal ingreso de trabajadores o mercaderías.
  6. Protección de la maternidad: Se prohíbe el trabajo del personal femenino durante los 45 días anteriores y posteriores al parto, pero se permite que la interesada opte por reducir la licencia previa a un mínimo de 10 días, acumulando el resto al período de postparto.
  7. Cuotas solidarias: Se limita el descuento de cuotas solidarias a los trabajadores no afiliados al sindicato; a partir de ahora, se requerirá el consentimiento explícito del empleado para realizar dicha retención.
  8. Pasantías: Se introducen cambios en el sistema de pasantías educativas para facilitar la inserción de jóvenes en el mercado laboral, aunque los gremios advierten que podría usarse para encubrir fraude laboral.
  9. Intermediación laboral: Se modifica la responsabilidad solidaria de las empresas que subcontratan servicios, limitándola en ciertos casos específicos.
  10. Derecho a huelga en servicios esenciales: Aunque fue uno de los puntos más podados, se insiste en garantizar guardias mínimas en sectores considerados críticos para el funcionamiento de la sociedad.

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