Un tribunal de apelaciones de Nueva York revocó este martes la condena por 16.000 millones de dólares que pesaba sobre la Argentina en el juicio por la expropiación de YPF. La decisión constituye un giro radical en el litigio que mantenían fondos de inversión contra el Estado nacional, y representa un alivio significativo para las cuentas públicas.
Un cambio de rumbo judicial
La Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York dejó sin efecto la sentencia dictada en primera instancia por la jueza Loretta Preska. El tribunal superior consideró los argumentos jurídicos presentados por la defensa argentina, que no habían sido tenidos en cuenta en la instancia anterior, y determinó que la aplicación correcta de la ley argentina conducía a un resultado diferente.
La clave: la aplicación de la ley argentina
El caso presenta la particularidad de que, si bien se tramitó en cortes estadounidenses, el derecho aplicable es el argentino. La Cámara realizó un análisis exhaustivo de la legislación local, tanto de derecho privado como público. En el ámbito privado, sostuvo que los demandantes, los fondos Petersen y Burford Capital, carecían de legitimación para reclamar directamente contra otro accionista, en este caso el Estado argentino, sin haber impugnado previamente la asamblea de YPF que avaló la expropiación, tal como exige la ley de sociedades comerciales.
La primacía del poder de expropiación
En cuanto al derecho público, el fallo es contundente al reconocer la primacía de las facultades expropiatorias del Estado, consagradas en la Constitución Nacional y en la ley específica. La sentencia afirma que el estatuto de una sociedad anónima, por ser un contrato, no puede estar por encima de esta potestad soberana. Además, señaló que una condena de magnitud desproporcionada por parte de un tribunal extranjero podría condicionar indebidamente el ejercicio de esta facultad estatal.
Un proceso de larga data
El litigio se originó tras la decisión del gobierno argentino, en 2012, de recuperar el control accionario de la petrolera YPF. Fondos de inversión que habían adquirido títulos de deuda de la empresa demandaron al Estado argentino, alegando que la medida afectó sus intereses. El fallo inicial, de 2016, había sido excepcionalmente oneroso.
La defensa del Estado, mantenida de manera consistente a lo largo de tres gestiones de gobierno diferentes, argumentó desde un principio la incorrecta interpretación del derecho argentino por parte del tribunal de primera instancia. La persistencia en esta línea jurídica fue finalmente avalada por la Cámara de Apelaciones.
Implicancias y proyección
La reversión de la condena elimina una contingencia económica de enorme escala para el país. Si bien el caso podría aún ser llevado a la Corte Suprema de Justicia de los Estados Unidos, el fundamento del fallo actual sienta un precedente sólido basado en la correcta aplicación de la normativa argentina. Expertos legales destacan la importancia de que un tribunal extranjero haya reconocido la supremacía de las instituciones y leyes locales en un asunto de esta naturaleza.
