miércoles, 27 noviembre, 2024
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Otra impugnación a la nominación de Lijo para la Corte Suprema: denuncian «discriminación estructural» contra las mujeres

La polémica propuesta del Gobierno de Javier Milei para que Raúl Lijo integre la Corte Suprema suma otra impugnación. El nuevo rechazo lo firmó la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina (AMJA), que también apuntó a la propuesta de Manuel García-Mansilla, denunció «discriminación estructural» y sostuvo que lo «razonable» es que una de las vacantes sea ocupada por una mujer.

A mediados de abril, el Gobierno de Milei oficializó la postulación de sus dos candidatos para convertirse en miembros de la Corte Suprema. Se trata del juez federal Ariel Lijo y el jurista Manuel García-Mansilla. La más controvertida fue la nominación de Lijo, que suma numerosas impugnaciones, una de ellas presentada el jueves por el Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales (INECIP). Este viernes, en tanto, recibió un nuevo rechazo.

La Asociación de Mujeres Jueces de Argentina (AMJA), a través de su presidenta Susana Medina y los abogados Susana Cayuso y Diego Hernán Armesto, reclamó que se abra «un nuevo proceso de selección» para que dos mujeres integren el tribunal, en lugar del procedimiento por el que el Ejecutivo elevó los nombres de Lijo y García-Mansilla.

El principal fundamento del rechazo tiene que ver con que el artículo 3 del Decreto 222/2023 establece que la designación de nuevos miembros debe, en la medida de lo posible, «reflejar las diversidades de género, especialidad y procedencia regional en el marco del ideal de representación de un país federal».

Así, según la organización, incluir a Lijo en el lugar que dejó vacante Highton de Nolasco en 2021, implica una «desnaturalización y distorsión del primer párrafo del artículo 3 del decreto 222/03, lo que impacta en los derechos de las mujeres a acceder en igualdad de condiciones de idoneidad a los cargos vacantes sin ni siquiera habilitar la competencia», en tanto la organización reclamante considera que el puesto debería otorgársele a otra mujer.

«A la hora de cubrir la vacante dejada por Elena Highton de Nolasco, lo razonable, y acorde con los estándares vigentes, debería ser la de proponer a una mujer de las tantas juristas sólidas e intachables con las que cuenta nuestro país», plantean en el escrito presentado.

En este sentido, la AMJA plantea además que la Constitución Nacional no habilita al Ejecutivo a designar indiscriminadamente a quienes el Presidente desee, sino que le impone determinados condicionamientos que no fueron tenidos en cuenta al designar a Lijo.

«La consecuencia de tal limitación en un proceso netamente político acota el concepto de discrecionalidad para formular la propuesta. Su incumplimiento deviene en manifiestamente arbitrario«, dice en su escrito la Asociación de Mujeres Jueces de Argentina.

Manuel García-Mansilla, el catedrático propuesto por Milei para la Corte Suprema.Manuel García-Mansilla, el catedrático propuesto por Milei para la Corte Suprema.

Por otro lado, plantean también que el Decreto 222/2023 crea una gran incertidumbre acerca de los parámetros que debe tener en cuenta el Presidente a la hora de designar candidatos, ya que «no señala cómo o de qué manera el Sr. Presidente preselecciona a esos candidatos. Se observa al efecto que la norma resulta ser insuficiente y vaga para resguardar la equidad de género a la luz del bloque normativo señalado en el apartado anterior».

El detalle de la nueva impugnación a la postulación de Lijo y García Mansilla para la Corte Suprema

El escrito cuestionando la designación de Lijo y García-Mansilla tiene 30 páginas y en él la AMJA plantea, además, una serie de datos con los que buscan dar contexto al pedido de que sea una mujer quien ocupe puestos vacantes. Según el texto, desde hace más de 160 años la CSJN ha sido integrada casi únicamente por varones, habiéndose designado en ese tiempo «apenas 3 mujeres, representando estas últimas menos del 3% del total».

Para las reclamantes, esta particularidad no se da únicamente en la Corte, sino que es una situación que ocurre en los cargos de mayor jerarquía dentro del Poder Judicial y que representa una «realidad de desigualdad estructural».

Suman, además, una preocupación a futuro: de ser designados otros dos varones, el tribunal no contará con representación femenina por un lapso de al menos 7 años. Esto, debido a que los jueces de la CSJN permanecen en su cargo hasta los 75 años, y a que quienes actualmente la integran son 3 varones de 68, 67 y 65 años y tanto Lijo como García Mansilla -los elegidos de Milei- tienen menos de 60.

El reclamo está fundado también en una serie de estadísticas: mientras que nuestro país cuenta con un 52,8% de mujeres según el último censo realizado por el INDEC, su representación en la Corte es nula. Si bien el 57% de la dotación total de la justicia son mujeres, acotan desde el organismo, sólo ocupan el 33,8% de las bancas de los tribunales o Cortes Supremas a nivel país. Por eso, también piden no naturalizar esta práctica y reclaman por perspectiva de género en las designaciones.

Además, piden derecho a igualdad a la hora de que las mujeres sean consideradas para ocupar un cargo en el tribunal.

«Esta resistencia en jurisdicción federal, a reconocer las contribuciones de las mujeres juristas y su condición de pares a la hora de integrar altos cargos judiciales, ha colocado a la Argentina en el deshonroso sitial de ser el único Estado latinoamericano que no tiene representación femenina en el máximo tribunal de justicia nacional«, plantea el texto de la AMJA, en el que además aducen la existencia de «una discriminación estructural» y reclaman que «el desarrollo del principio de igualdad y no discriminación» es una de las asignaturas pendientes del sistema democrático republicano de la Argentina.

«El Estado no sólo no debe obstaculizar el goce de los derechos, sino que debe crear las condiciones para su goce efectivo. Tal mandato constitucional perdería sentido si se desconoce la desigualdad estructural que padecen determinados grupos tradicionalmente postergados o marginados».

La designación de Lijo y García-Mansilla no sólo es cuestionada por tratarse de miembros del género masculino, sino porque, a consideración de las reclamantes, resulta arbitraria, ya que en ningún momento se explicaron los motivos que fundamentaron la elección del magistrado para integrar la corte o si se tuvieron siquiera en cuenta a mujeres para ocupar dicho puesto.

En el escrito, la AMJA plantea que «la norma actual no garantiza la igualdad efectiva de oportunidades para las mujeres para ser preseleccionadas. No queda claro, por tanto, fruto de qué reflexión se ha nominado a los candidatos hoy propuestos, como tampoco queda claro si consideró a mujeres y, de haberlo hecho, porqué las descartó», y aduce que el procedimiento resulta insuficiente en términos constitucionales.

El pedido cierra con las palabras de una lectora anónima publicadas en El Télegrafo Mercantil, primer diario argentino, y dirigidas a su editor: «¿Por qué las señoras del país no hemos de tomar parte en los útiles trabajos de Usted?».

El plazo para las impugnaciones y las adhesiones a la nominación de Lijo y García-Mansilla vence este miércoles 8 de mayo.

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