domingo, 26 abril, 2026
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El abogado general de la UE pone algunas objeciones a la amnistía, pero avala el perdón del Tribunal de Cuentas

El abogado general de la Unión Europea Dean Spielmann considera que algunas disposiciones de la ley de amnistía (LOA) relativas a la exención de la responsabilidad contable que se juzgaron en el Tribunal de Cuentas podrían ser incompatibles con el derecho a la tutela judicial efectiva, pero, en cualquier caso, la extinción de responsabilidad de los demandados por actos que afecten a los intereses financieros de la Unión no es contraria al Derecho de la Unión.

Las conclusiones de Spielmann sobre la amnistía servirán para que el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) resuelva las cuestiones prejudiciales que le elevaron tanto el Tribunal de Cuentas como la Audiencia Nacional a la hora de aplicar la medida de gracia impulsada por el Gobierno de Pedro Sánchez. De momento, se ha conocido la propuesta de sentencia de la primera cuestión, la relativa al perdón de los actos contables del 1-O o la acción exterior del Govern.

El abogado general Dean Spielmann considera que «la protección de los intereses financieros de la Unión no se opone a la extinción de la responsabilidad prevista en la amnistía por los actos determinantes de responsabilidad contable que afecten a los intereses financieros de la Unión, puesto que no existe un vínculo directo entre esos actos y la reducción, actual o potencial, de los ingresos puestos a disposición del presupuesto de la Unión«.

Lo habitual es que el abogado general -figura que no existe en el sistema judicial español y que propone sentencias para facilitar al tribunal europeo su labor, aunque este puede seguir su criterio o distanciarse de él- anuncie al final de las vistas cuándo se pronunciará, pero en esta ocasión prefirió revisar todo lo escuchado en las celebradas el pasado 15 de julio antes de fijar una fecha para dar a conocer sus propias conclusiones.

En la primera de esas vistas se estudió la cuestión prejudicial elevada por el Tribunal de Cuentas cuando estaba a punto de dictar la sentencia correspondiente al procedimiento que había seguido por responsabilidad contable en el 1-O y la acción exterior del Govern, por el que se reclamaban 3,4 millones de euros a los expresidentes catalanes Artur Mas y Carles Puigdemont, así como a una treintena de cargos políticos y administrativos de la Generalitat.

En la segunda, la Audiencia Nacional se dirigió al TJUE a la hora de aplicar la amnistía a los 12 presuntos miembros de una célula de los CDR acusados de los delitos de integración en organización terrorista y fabricación y tenencia de sustancias explosivas. La fiscalía de la Audiencia Nacional pedía 27 años de cárcel para ocho de ellos antes de la promulgación de la ley.

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