miércoles, 10 junio, 2026
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Suben un 2,5% las multas de la Policía Caminera en Córdoba: cómo quedan los nuevos valores

La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito actualizó el valor de la Unidad Fija (UF) que determina las multas viales en la provincia. A partir de la Resolución 28 publicada en el Boletín Oficial, cada UF equivale a 2.109 pesos.

La Dirección General de Prevención de Accidentes de Tránsito publicó este miércoles la Resolución 28 en el Boletín Oficial de la provincia de Córdoba, mediante la cual se actualizó el valor de la Unidad Fija (UF) utilizada como referencia para las multas de tránsito. Dicho valor se asocia al precio del litro de nafta Súper y, con la nueva disposición, cada UF quedó en 2.109 pesos, lo que representa un incremento del 2,5% respecto del mes anterior.

Las sanciones se clasifican en leves, graves, muy graves y máximas, con montos que varían según la cantidad de UF aplicadas y la pérdida de puntos en la licencia de conducir. A continuación, se detallan los rangos actualizados:

Infracciones leves: de 20 a 100 UF. El costo oscila entre 42.180 y 210.900 pesos, con una quita de hasta 2 puntos de la licencia. La ley considera leves todas las infracciones que no se clasifiquen expresamente como graves o muy graves, como conducir fumando.

Infracciones graves: de 100 a 200 UF. Los montos van desde 210.900 hasta 421.800 pesos, con una pérdida de 2 a 5 puntos. Ejemplos incluyen no llevar las luces encendidas, conducción negligente o temeraria, omisión de socorro, ingesta de sustancias que afecten las facultades del conductor, excesos de velocidad, adelantamientos indebidos, paradas en lugares peligrosos, circular sin autorizaciones o sin chapa de dominio, y retirada de señalización.

Infracciones muy graves: de 200 a 400 UF. Las sanciones alcanzan hasta 843.600 pesos, con pérdida de 5 a 20 puntos. Se consideran muy graves las infracciones graves cuando concurren circunstancias de peligro por intensidad de circulación, características de la vía, condiciones atmosféricas o visibilidad, o cuando se circula sin seguro obligatorio contra terceros, se produce fuga tras un accidente o se contamina el medio ambiente.

Infracciones máximas: de 1.200 a 2.000 UF. Los valores arrancan en 2.530.800 y llegan a 4.218.000 pesos. En estos casos, además de la multa económica, se aplica inhabilitación para conducir y, en situaciones específicas, denuncias penales. Este rango abarca desde alcoholemia positiva hasta destrucción de infraestructura vial.

La normativa establece que las multas pueden triplicarse y alcanzar hasta 1.518.000 pesos si el juez de faltas determina circunstancias agravantes, como poner en peligro la salud de las personas, causar daños en bienes, fingir un servicio de urgencia, abusar de situaciones de emergencia, entorpecer un servicio público o que el infractor sea funcionario y abuse de su cargo.

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