sábado, 8 agosto, 2026
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Córdoba: fallo de primera instancia en Alta Gracia ordena al Municipio reconocer derechos sindicales de ATE; el Ejecutivo apelará

Un juzgado de primera instancia de Alta Gracia ordenó a la Municipalidad reconocer derechos sindicales a favor de ATE, pero el Ejecutivo local anunció que apelará la sentencia.

Alta Gracia. La disputa judicial entre la Municipalidad de Alta Gracia y la Asociación Trabajadores del Estado (ATE) por la representación sindical de los empleados municipales sumó un nuevo capítulo. Un fallo de primera instancia dio la razón al gremio y ordenó al Ejecutivo municipal reconocer una serie de derechos sindicales. Desde el Municipio anticiparon que apelarán la resolución.

La sentencia dispone que la Municipalidad cese las prácticas consideradas antisindicales, reconozca la actuación de los delegados electos, garantice el ejercicio de la libertad sindical, retenga la cuota sindical de los afiliados y abone una multa por incumplimientos vinculados a la legislación laboral.

El asesor letrado del Municipio, Daniel Villar, señaló que el fallo no constituye un antecedente inédito, ya que existe una resolución similar dictada en 2021 por el Juzgado de Primera Instancia de Bell Ville, también en una demanda impulsada por ATE contra otra administración municipal.

Desde el Ejecutivo local remarcaron que la resolución corresponde a una sentencia de primera instancia, por lo que todavía puede ser revisada por tribunales superiores. Villar confirmó que la Municipalidad presentará un recurso de apelación y estimó que la controversia podría llegar al Tribunal Superior de Justicia de Córdoba e incluso a la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

El eje del conflicto se centra en la vigencia del Estatuto del Empleado Municipal, establecido por la Ordenanza Nº 2147, que reconoce a SITRAMAG como la entidad gremial representativa del personal municipal. Para el Ejecutivo, mientras la ordenanza permanezca vigente, no puede dejar de aplicarla sin vulnerar el principio de legalidad y la autonomía municipal.

La futura apelación se apoyará en que la sentencia ordena adoptar medidas que resultarían incompatibles con la normativa municipal vigente sin haber declarado previamente su inconstitucionalidad. Desde la asesoría letrada sostienen que, si el Poder Judicial considera que la Ordenanza 2147 contradice normas de jerarquía superior, primero debería declarar su invalidez antes de exigir al Ejecutivo actuar en sentido contrario.

La disputa continuará en las instancias judiciales superiores, donde se resolverá la tensión entre la autonomía municipal, el Estatuto del Empleado Municipal y el alcance de la libertad sindical.

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